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Guía para españoles que empiezan a trabajar en el CERN (Seguridad Social y Fiscalidad)
Esta página tiene únicamente fines informativos generales. No constituye asesoramiento legal, fiscal ni financiero. El contenido no es oficial y no debe usarse como sustituto del asesoramiento profesional. Consulta con un experto si tienes dudas sobre tu caso concreto.
Introducción:
Comenzar un nuevo puesto en el CERN – ya sea en Ginebra (Suiza) o en el Pays de Gex (Francia) – conlleva trámites administrativos únicos para los españoles. El CERN es un organismo internacional con sus propios sistemas internos de impuestos y seguridad social, lo que significa que tu situación será distinta a la de un empleo típico en España o la UE. Esta guía proporciona una hoja de ruta práctica centrada en la seguridad social y las obligaciones fiscales, cubriendo qué hacer desde la perspectiva española, las diferencias entre estar destinado en Suiza vs. Francia, y las implicaciones para estancias de corta duración vs. largo plazo. También incluimos escenarios de ejemplo y recursos clave para ayudarte a navegar la burocracia sin contratiempos.
Antes de mudarte: registro en la Seguridad Social española y preparativos
Antes de trasladarte, deberías dar algunos pasos para asegurarte de cumplir con las obligaciones y proteger tus derechos:
- Regístrate en el consulado de España: Si te vas al extranjero, informa a las autoridades españolas registrándote como residente en la Embajada o Consulado de España más cercano. Esta "inscripción consular" es obligatoria para ciertos trámites (p. ej., inscribirte en convenios especiales de seguridad social) y garantiza que sigas constando oficialmente como emigrante. También te da acceso a los servicios consulares mientras estés fuera.
- Seguridad Social española – Convenio Especial (cobertura voluntaria): Cuando trabajes en el CERN, no cotizarás al sistema español de Seguridad Social por defecto (el CERN tiene sus propios esquemas de pensiones y seguros). Para evitar lagunas en tu historial de cotización en España, puedes seguir cotizando voluntariamente en España a través de un Convenio Especial para emigrantes. Se trata de un acuerdo personal con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que te permite pagar cotizaciones mensuales para mantener la cobertura de ciertas prestaciones:
- Qué cubre: El convenio especial para emigrantes españoles cubre la jubilación, la incapacidad permanente y las pensiones de fallecimiento y supervivencia. También asegura que conserves el acceso a la sanidad pública en España como emigrante. Nota: No cubre las prestaciones por desempleo ni la incapacidad temporal, ya que no cotizarás por esas contingencias.
- Coste: Pagas las cotizaciones tú mismo (sin aportación de empleador). El coste se basa en la base mínima de cotización y el tipo estándar, con un coeficiente reductor. Por ejemplo, en 2024 la base mínima es 1.323 € al mes; aplicando el tipo del 28,3% y el coeficiente reductor (0,77) resulta aproximadamente 288 € al mes (que se abonan trimestralmente, ~864 € por trimestre). Este importe puede ajustarse con el tiempo conforme cambien las bases y tipos.
- Cómo suscribirse: Debes solicitar el convenio dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que dejaste tu último trabajo en España (para evitar lagunas). Rellena el modelo TA.0040 (solicitud de Convenio Especial) y preséntalo a la TGSS. Puedes hacerlo a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (Import@ss) o mediante la oficina provincial de la TGSS (a menudo por correo o a través del consejero laboral del consulado). Junto con el formulario, deberás aportar:
- Una copia de tu DNI o pasaporte.
- Justificante de tu residencia en el extranjero (p. ej., una copia de tu tarjeta de legitimación del CERN o de tu documento de residencia francés), certificado por el consulado español.
- Justificante de empleo o actividad investigadora en el CERN (como tu contrato del CERN o un certificado de empleo), también visado por el consulado.
- Si no estabas previamente en el sistema español, también deberás presentar el formulario TA.1 para obtener un número de la Seguridad Social.
Efecto de suscribir el convenio: Una vez aprobado, quedarás afiliado al sistema español en una "situación asimilada al alta" (como si estuvieras cotizando por las contingencias cubiertas). Deberás pagar los recibos trimestrales que te emitirá la TGSS (asegúrate de tener una cuenta bancaria española para la domiciliación). El convenio permanece en vigor mientras sigas pagando, hasta que lo canceles o regreses y reanudes las cotizaciones normales. Por lo general, puede suspenderse o extinguirse si dejas de pagar o si pasas a ser pensionista, etc., según las normas.
Si no suscribes el convenio: No es obligatorio – es una decisión personal. Sin embargo, ten en cuenta que no cotizar en España implica que ese período no contará para tu pensión española. Dependerás únicamente del régimen de pensiones del CERN durante esos años. Si ya tienes cotizaciones acumuladas en España o planeas volver en el futuro, piensa en cómo afectará a tu "vida laboral" una laguna de unos años. (Por ejemplo, si tenías 12 años cotizados en España, pasaste 3 años en el CERN sin cotizaciones españolas y luego regresaste a trabajar en España, seguirás con 12 años registrados — potencialmente por debajo del mínimo de 15 años para la pensión pública española). En cambio, mantener las cotizaciones mediante el convenio te daría cobertura continua y un total más alto para el cálculo de la pensión más adelante.
Estancias cortas (<2 años) vs largas (>2 años): Si tu puesto en el CERN es breve (p. ej., una beca de 1–2 años), puedes sopesar el coste-beneficio del convenio especial. Un lapso corto de cotización puede tener un impacto menor en una carrera de más de 30 años, especialmente si planeas trabajar más tiempo hasta la jubilación. En algunos casos, españoles en asignaciones muy cortas incluso mantienen su residencia en España o están en excedencia de un trabajo en España – pero en la mayoría de los casos una beca en el CERN es un empleo independiente. Para estancias más largas (más de 2 años) o un contrato indefinido, en general es recomendable mantener el vínculo con la Seguridad Social española a través del convenio si piensas regresar a España, ya que la laguna podría afectar significativamente a tus derechos de pensión. Recuerda que bajo las normas de la UE, los trabajadores desplazados por un empleador español al extranjero pueden permanecer en la Seguridad Social de origen hasta 24 meses, pero el empleo en el CERN no es un desplazamiento desde España – es un empleo directo, por lo que el certificado A1 de la UE no aplica aquí. El convenio especial es el mecanismo para continuar la cobertura española una vez que sales del sistema español.
Con estos preparativos en mente, pasemos a detallar las especificidades de cada escenario: trabajar en el CERN en Suiza vs. en Francia, ya que el país anfitrión puede afectar ciertos requisitos prácticos.
Escenario 1: Trabajar en el CERN en Suiza (Ginebra)
Seguridad Social (España & Suiza)
Si tu contrato del CERN indica que tu lugar de trabajo es Ginebra (Suiza), recibirás una tarjeta de legitimación suiza (un carnet tipo diplomático para funcionarios internacionales) y no cotizarás a la seguridad social suiza. De hecho, ni tú ni el CERN contribuiréis a ningún sistema nacional de seguridad social (ni suizo ni español) por tu salario – el CERN tiene su propio sistema integral de pensiones y seguros. Aspectos clave:
- Fondo de Pensiones del CERN & Seguro de Salud: Como miembro del personal o fellow del CERN, estás cubierto automáticamente por los regímenes internos del CERN. El Fondo de Pensiones del CERN es un plan de prestación definida que proporciona pensiones de jubilación y de invalidez, similar a una pensión estatal de seguridad social. El CERN también ofrece un Seguro Médico (CHIS) para enfermedad, accidentes y maternidad. Este seguro interno cubre tratamientos tanto en Suiza como en Francia (y en el extranjero durante viajes), de modo que tú y tus beneficiarios estéis bien protegidos.
- Exención de los sistemas suizos: En virtud del Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades (ratificado por España y Suiza), el CERN y su personal están exentos de las cotizaciones obligatorias a la seguridad social nacional. Esto significa que no pagas la pensión suiza (AVS/AHV), el seguro de desempleo suizo, ni el seguro de salud suizo. Normalmente, los residentes en Suiza deben contratar el seguro médico suizo (LAMal), pero el personal del CERN con tarjeta de legitimación está exento de ese requisito. Puedes contratar voluntariamente un seguro de salud suizo si lo deseas, pero por lo general no es necesario porque el CHIS del CERN es suficiente. (Los familiares con tarjeta de legitimación también están exentos de la afiliación obligatoria al seguro médico suizo, mientras que aquellos sin dicho estatus – por ejemplo, un cónyuge que trabaje en la economía local – sí necesitarían cobertura según las normas suizas o francesas.)
Obligaciones frente a la Seguridad Social española: Desde el punto de vista de España, en cuanto comienzas a trabajar en Ginebra se te considera un trabajador emigrante. Habrás causado baja en la Seguridad Social española al dejar tu último empleo en España. Debido al estatus especial del CERN, no estarás cotizando a la Seguridad Social española por ningún mecanismo automático. Depende de ti gestionar la cobertura mediante el Convenio Especial si deseas seguir cotizando en España (ver "Antes de mudarte" arriba). España no requiere ningún otro registro de seguridad social mientras estés en el extranjero, aparte del convenio voluntario. Se recomienda conservar evidencia de tu empleo en el CERN (contratos, cartas de RR.HH. del CERN) y de tu inscripción consular, en caso de que las autoridades españolas soliciten prueba de que trabajaste en el extranjero (por ejemplo, para validar tu convenio especial o cuando en el futuro tramites una pensión).
Cobertura y prestaciones: Mientras estés en Suiza, tus necesidades cotidianas de seguridad social (atención médica, asignaciones familiares, etc.) las gestiona en gran medida internamente el CERN. Por ejemplo, el CERN concede asignaciones familiares/por hijos y tiene normas internas para permisos de maternidad/paternidad, seguro de invalidez, etc. Esto significa que típicamente no interactuarás con la seguridad social suiza para prestaciones. Si necesitas atención médica en Suiza o Francia, utilizas el seguro médico del CERN (que reembolsa los costes; es posible que también obtengas una tarjeta de seguro emitida por el CERN). Si viajas de visita a España, puedes usar tu cobertura CHIS para atención de urgencia o programada (CHIS podría reembolsarte o podrías recurrir a servicios privados). Ten en cuenta que, como no estás cotizando a la Seguridad Social española (a menos que sea vía convenio), en general no usarías una Tarjeta Sanitaria española como residente (a menos que mantuvieras la residencia en España, cosa poco común). Si suscribiste el convenio especial, tienes derecho a la asistencia sanitaria en España como emigrante, por lo que podrías obtener documentación (un formulario S1 o equivalente) que demuestre que España cubre tu salud mientras resides en el extranjero – sin embargo, dado que el seguro médico del CERN es tu cobertura principal, en la práctica muchos no utilizan el sistema de salud español hasta que regresan a casa. Es bueno saber que firmar el convenio mantiene vivo tu acceso a la sanidad pública española para cuando vuelvas.
Estancia corta vs larga – consideraciones: Para asignaciones en Ginebra de menos de ~2 años, puede parecer que el convenio especial es opcional – en una beca breve, algunos eligen no pagar ~288 € al mes y aceptar una pequeña laguna en las cotizaciones de pensión. Si planeas volver pronto a España, considera también el desempleo (se aborda más abajo): una estancia corta podría dejarte sin cobertura de paro al regresar, ya que no cotizaste al desempleo español mientras estuviste en el CERN. Para nombramientos más largos o puestos permanentes, mantener las cotizaciones en España puede ser muy importante si planeas jubilarte en España o necesitas asegurar la continuidad de tus derechos de pensión.
María trabajó 5 años en España antes de una beca de 3 años en el CERN en Ginebra. Decidió no suscribir el convenio durante esos 3 años. Cuando regresa a España, sigue teniendo solo 5 años cotizados en la Seguridad Social española (su tiempo en el CERN no cuenta). Necesitará al menos 10 años más de trabajo en España para alcanzar el mínimo de 15 años para una pensión. Si hubiera cotizado mediante el convenio durante el CERN, tendría 8 años en su historial, necesitando 7 años más. En el caso de María, si está segura de que trabajará muchos años en España tras el CERN, podría ahorrarse pagar el convenio; pero si sus planes después del CERN son inciertos, el convenio habría protegido su derecho a pensión.
Obligaciones fiscales en Suiza (y España)
Uno de los mayores cambios para el personal del CERN es el régimen fiscal, muy diferente al de un empleo normal. El CERN aplica un impuesto interno a tu salario y, a cambio, los Estados anfitriones y los Estados miembros no gravan tus ingresos del CERN. Veamos lo que esto significa en el escenario suizo:
- Sin impuesto suizo sobre la renta del CERN: Cada mes, el CERN deduce de tu salario un impuesto interno (análogo a un impuesto sobre la renta) según su propia escala. Gracias a esto, el salario y las asignaciones familiares pagados por el CERN están exentos del impuesto sobre la renta suizo a nivel federal, cantonal y comunal.
- Sin IRPF en España sobre el sueldo del CERN: España tampoco grava en el IRPF los salarios del CERN, en virtud de los acuerdos internacionales. Si mantuvieras la residencia fiscal en España por algún motivo (lo cual no es habitual al trabajar en Suiza), tu sueldo del CERN igualmente estaría exento de IRPF.
Resumen: En Suiza, tu sueldo del CERN solo tributa en origen ante el propio CERN. No pagas IRPF español ni impuesto sobre la renta suizo por ese sueldo, gracias al acuerdo internacional. Esto suele significar un salario neto más alto comparado con un sueldo bruto similar en un trabajo normal (ya que el impuesto interno del CERN suele ser menor que la suma de impuestos nacionales). Ten en cuenta, sin embargo, que no estarás cotizando a los fondos públicos españoles de pensiones ni de desempleo durante este periodo (a menos que lo hagas voluntariamente), como se explicó antes. Es prudente ahorrar una parte de tu salario o cotizar mediante el convenio especial para tu seguridad a largo plazo.
Carlos, un ingeniero junior español, consigue una beca de 2 años en el CERN en Ginebra. Deja su trabajo en España y se muda a Suiza. Así maneja sus obligaciones:
- Antes de marcharse, Carlos se registra en el consulado de España en Ginebra y solicita en línea el convenio especial para mantener sus cotizaciones de pensión españolas. Presenta su carta de oferta del CERN y, un mes después de su llegada, una copia de su tarjeta de legitimación suiza a la TGSS a través del consulado. Comienza a pagar ~290 € al mes al sistema español.
- En Ginebra, Carlos alquila un apartamento. Como miembro del personal del CERN, está exento del seguro de salud suizo, así que permanece con la cobertura CHIS del CERN, que le reembolsa sus gastos médicos.
- No se inscribe en ningún sistema de seguridad social suizo; su tarjeta de legitimación ("Carte de légitimation" emitida por la Misión Suiza) es suficiente para la residencia.
- En época de impuestos, Carlos no recibe ningún formulario fiscal suizo (ya que es un fellow extranjero del CERN sin otros ingresos). Tampoco presenta declaración de la renta en España porque pasó menos de 183 días en España y trasladó su residencia. El CERN le entrega un certificado de impuesto interno que muestra lo que pagó de impuesto interno al CERN por sus ingresos, que él guarda en sus archivos. Sus ingresos no son gravados por España. Esencialmente, disfruta de un salario libre de impuestos externos.
- Dos años más tarde, cuando finaliza la beca, Carlos decide regresar a España. Gracias al convenio especial, no tiene una laguna en su historial de cotización español. Sin embargo, debido a que dejó voluntariamente su empleo en España para ir al CERN, no acumuló derecho a paro en España durante ese tiempo. Planifica su regreso sabiendo que no podrá solicitar el desempleo inmediatamente (más sobre esto en la sección "Regreso a España" a continuación). Dispuso ahorros de su salario del CERN para mantenerse hasta encontrar un nuevo empleo en España.
Escenario 2: Trabajar en el CERN en Francia (Pays de Gex / Prévessin)
El campus del CERN abarca tanto Suiza como Francia. Algunos fellows están contratados para trabajar en el lado francés (p. ej., en el sitio de Prévessin del CERN u otras instalaciones en Ain, Francia). En cuanto a las condiciones laborales, sigues siendo un funcionario internacional del CERN con el mismo impuesto interno y los mismos sistemas sociales internos. Sin embargo, vivir/trabajar en Francia conlleva algunos trámites administrativos diferentes en comparación con Suiza.
Seguridad Social (España & Francia)
Exención de la Seguridad Social francesa: Igual que en Suiza, los empleados del CERN en Francia no cotizan al régimen de seguridad social francés. Francia tiene un acuerdo con el CERN (el Acuerdo de Sede de 1965 entre Francia y el CERN) que otorga inmunidades al personal del CERN. No pagarás cotizaciones a la Caisse d'Assurance Maladie, a la Caisse de Retraite, al UNEDIC, etc. por tu sueldo del CERN. Los esquemas internos de pensiones del CERN y el seguro médico CHIS te cubren en su lugar, proporcionando la "protección social equivalente" que exige el Protocolo. Esto implica:
- No tendrás un número de sécurité sociale francés a través de tu empleo en el CERN (ya que no estás en el sistema francés). Tu cobertura sanitaria es mediante CHIS, no a través de la CPAM.
- No acumularás cotizaciones para la pensión pública francesa ni derechos al seguro de desempleo en Francia, porque no se pagan contribuciones allí.
Residencia en Francia (ciudadano de la UE): Como ciudadano español, tienes derecho a residir en Francia. Francia típicamente requiere que los ciudadanos de la UE que permanezcan más de 3 meses registren su residencia, pero en la práctica es un trámite sencillo (a menudo basta con obtener una tarjeta de residencia de la UE, que es opcional). Sin embargo, dado que eres personal de un organismo internacional, Francia puede expedirte una carte de légitimation especial o acreditar tu estatus a través del Ministerio francés de Asuntos Exteriores. (Por ejemplo, los organismos de la ONU en Francia emiten una "carte PRO" o similar a su personal. Es posible que el personal del CERN en Francia esté cubierto también por la tarjeta de legitimación suiza – las tarjetas suizas tipo "P" o "H" son reconocidas por Francia como documentación de estatus). Asegúrate de verificar con RR.HH. del CERN qué documentación tú y tu familia necesitáis para residir legalmente en Francia. Por lo general, con tu contrato del CERN y ya sea la tarjeta de legitimación o una attestation (certificación oficial), cumples los requisitos franceses sin necesidad de un permiso de trabajo por separado.
Seguro de salud francés (PUMA) – exención: Normalmente, los residentes en Francia que no están cubiertos por otro régimen deben unirse al sistema universal de salud (PUMA) y pagar cotizaciones o disponer de un seguro privado. El personal del CERN con privilegios está exento de la afiliación obligatoria al sistema de salud francés porque ya tiene cobertura (CHIS). Francia reconoce que el régimen del CERN es adecuado. Deberás asegurarte de que tu tarjeta de seguro médico del CERN sea válida en Francia – CHIS cubre la asistencia en Francia (el CERN exige que cualquier seguro privado para "usuarios" cubra tanto Francia como Suiza, y CHIS por supuesto lo hace). Si utilizas servicios médicos en Francia, es posible que tengas que pagar por adelantado y luego obtener el reembolso a través de CHIS, puesto que no tendrás un número de sécurité sociale francés para facturar directamente (a menos que el CERN tenga convenios de facturación directa con algunos hospitales). Parte del personal opta por solicitar también la Tarjeta Sanitaria Europea a través de CHIS para viajar por Europa, pero ten en cuenta que CHIS no es un régimen nacional de la UE, así que normalmente dependerás de los procesos propios de CHIS para la atención sanitaria transfronteriza.
Consideraciones de la Seguridad Social española: Desde la perspectiva de España, trabajar en la parte francesa del CERN no difiere de hacerlo en la parte suiza – sigues sin cotizar a la SS española salvo vía convenio. Por tanto, todos los consejos anteriores ("Antes de mudarte") sobre registrarte y, opcionalmente, suscribir el convenio especial aplican igualmente aquí. Una pequeña diferencia: si estás residiendo en un país de la UE (Francia) mientras estás de baja en España, existe un mecanismo de coordinación donde, si hubieras sido desplazado por un empleador español, llevarías un formulario S1 para transferir los derechos sanitarios. Pero como eres contratado directamente por el CERN, no puedes obtener un S1 de España (no estás cotizando, así que España no cubrirá tu salud en Francia; en su lugar te cubre el CERN). Por tanto, el convenio especial no te proporciona un S1 para Francia (el S1 solo es aplicable a quienes permanecen bajo el sistema sanitario español), pero sí mantiene tus derechos sanitarios españoles para cuando regreses a España o si vas allí temporalmente. En resumen, estar en Francia no te permite aprovechar la coordinación de seguridad social de la UE porque el CERN está fuera de ese sistema.
Nota administrativa – Número de Seguridad Social francés: En ocasiones, podría hacer falta un número de seguridad social francés para ciertos trámites administrativos (por ejemplo, los formularios de impuestos franceses piden un numéro de sécurité sociale como identificador, o un médico podría solicitártelo). Si no formas parte del sistema francés, por lo general puedes explicar que estás cubierto por el régimen de un organismo internacional y por tanto no tienes número francés. La hacienda francesa puede emitirte un número de identificación fiscal (distinto del número de seguridad social) para que presentes tus impuestos (se detalla en la sección fiscal más abajo). Si más adelante comienzas un trabajo fuera del CERN en Francia, entonces obtendrás un número de seguridad social en ese momento.
Consideraciones familiares (trabajadores fronterizos): Si, por ejemplo, tu cónyuge trabaja en Suiza pero residís en Francia (escenario común: un cónyuge en el CERN, el otro empleado por una empresa suiza), ese cónyuge sería un frontalier sujeto a reglas especiales. Francia usualmente requiere que los trabajadores fronterizos o sus familias elijan entre el sistema de salud francés o el suizo (conforme a acuerdos bilaterales). Sin embargo, el personal del CERN y sus familiares registrados están amparados por el régimen de privilegios – por ejemplo, tu cónyuge con una tarjeta "P" de legitimación como familiar tuyo también estaría exento de la afiliación obligatoria a la seguridad social. Si tu cónyuge trabaja fuera del CERN, seguirá las reglas normales por su empleo (no es nuestro enfoque aquí). Ten en cuenta que tu estatus único puede confundir a las autoridades locales (p. ej., la CPAM puede no saber qué hacer contigo si intentaras afiliarte – la respuesta es que no lo necesitas). La Oficina de Usuarios del CERN y RR.HH. pueden asesorar sobre estas cuestiones de cobertura sanitaria transfronteriza.
Estancia corta vs larga: Al vivir en Francia, puedes sentirte más integrado en un país de la UE, pero no dejes que eso te dé una falsa sensación de cobertura de seguridad social – sigues teniendo que mantener activamente tus cotizaciones españolas si así lo quieres, ya que Francia no te da crédito alguno por el tiempo en el CERN. Si solo permaneces poco tiempo en el CERN (digamos 1–2 años en Francia) y luego pasas a otro empleo en la UE, ten en cuenta que cuando más adelante solicites pensiones, la caja de pensiones francesa no tendrá ningún registro de ti durante esos años. Y dado que el CERN no es una entidad participante en la coordinación europea, no puedes totalizar el tiempo del CERN dentro del sistema de pensiones de la UE. Planifícalo en consecuencia, ya sea mediante el convenio o recuperando años de cotización posteriormente.
Obligaciones fiscales en Francia (y España)
Como miembro del personal del CERN residente en Francia, estás sujeto a la jurisdicción fiscal francesa como residente. Francia, al igual que Suiza, exime de impuestos sobre la renta los salarios del CERN, pero es muy probable que debas presentar una declaración de la renta francesa para informar de tu situación. Además, al estar en la UE, quizás aún tengas algunos lazos con España que considerar. Veamos cómo gestionar los impuestos:
Declaración de la renta en Francia: A diferencia de Ginebra, donde muchos empleados extranjeros del CERN nunca presentan declaración, en Francia en general debes presentar una declaración de la renta anual porque eres residente. La buena noticia es que tus ingresos del CERN no son gravados por Francia (gracias a los privilegios), pero debes declararlos de un modo específico:
- Cada primavera debes completar el formulario de declaración de la renta francés (actualmente suele hacerse en línea). En el formulario, no debes incluir tu salario del CERN en la casilla de "salarios imponibles". En su lugar, marca ciertas casillas y añade una nota para informar a Hacienda de que tus ingresos del CERN están exentos debido a la tributación interna del CERN. Por ejemplo, la orientación (proporcionada por el CERN y las oficinas fiscales locales francesas) indica que el personal del CERN no debe incluir sus ingresos del CERN como salario en la declaración, y que debe añadir una nota de "information expresse" declarando: "Membre du personnel du CERN assujetti à l'impôt interne du CERN et, à ce titre, exonéré d'impôt sur les prestations versées par le CERN". Esto en español equivale a explicar que eres personal del CERN sujeto al impuesto interno del CERN y, por tanto, exento de impuesto sobre las prestaciones pagadas por el CERN. Deberás adjuntar a la declaración tu certificado de Impuesto Interno del CERN como justificante.
- Existen casillas específicas en el formulario francés para señalar que tienes ingresos extranjeros exentos. Por ejemplo, debes marcar la sección de "revenus de source étrangère exonérés" (ingresos de fuente extranjera exentos por convenio) y proporcionar el importe en los campos informativos correspondientes (no se gravará ese importe). Los números exactos de casilla pueden variar cada año, pero el CERN suele difundir una guía o FAQ con las instrucciones. (Como referencia, casillas como 8FV/8UU o 1AF/1AG se utilizan dependiendo del caso. En el caso más simple, si eres personal con solo ingresos del CERN, simplemente indicas que tienes ingresos extranjeros exentos y aportas el certificado de impuesto interno.)
- La oficina fiscal francesa entonces no incluirá tu salario del CERN al calcular tus impuestos. En resumen: probablemente debas cero impuesto sobre la renta en Francia si el CERN fue tu única fuente de ingresos. Sin embargo, si tienes otras rentas (por ejemplo, el salario de tu cónyuge, ingresos de alquiler o rendimientos de inversiones), Francia los gravará según las reglas normales. Tu tipo impositivo francés podría verse influido por el total de tus ingresos mundiales (por ejemplo, Francia tiene un mecanismo donde la renta exenta puede considerarse para determinar tu tipo sobre otros ingresos, vía el llamado taux effectif). Pero dado que los ingresos del CERN están totalmente exentos por convenio internacional, en la práctica Francia suele simplemente ignorarlos salvo con fines informativos. Revisa la guía más reciente o consulta con la oficina fiscal local en Pays de Gex (a menudo la oficina SIP de Gex o Bellegarde maneja los casos CERN) si tu situación es compleja. La guía administrativa del CERN proporciona contactos para la SIP de Valserhône (Service des Impôts) que está familiarizada con los casos del personal del CERN.
Residencia fiscal en España: Al mudarte a Francia, casi con toda seguridad pasas a ser residente fiscal de Francia (por estar >183 días allí y tener allí tu vivienda principal). Por tanto, serás considerado no residente en España a efectos fiscales. Debes informar a la Agencia Tributaria española presentando el Modelo 030 (cambio de domicilio/residencia fiscal) si antes presentabas declaración en España, para evitar confusiones. Como no residente, España solo gravará las rentas de fuente española que tengas (por ejemplo, si conservas una propiedad en España y la alquilas o la vendes, tendrías que presentar el impuesto de no residentes por ello). Por lo demás, no presentarás declaraciones anuales en España. Y como se mencionó, incluso si por alguna razón siguieras siendo residente fiscal español, tu salario del CERN está exento por convenio. En cualquier caso, España no gravará tus ingresos del CERN. Eso sí, conviene guardar documentación como la publicación del Protocolo de Privilegios en el BOE o tu certificado del CERN, por si en algún momento necesitas demostrar la exención ante las autoridades españolas.
Impuestos locales en Francia:
- Taxe d'habitation y taxe foncière: son impuestos locales de residencia y propiedad. Si vives de alquiler, por lo general puede aplicarse la taxe d'habitation (impuesto de vivienda), aunque reformas recientes han eliminado la mayor parte de este impuesto para la vivienda principal. Si compras una vivienda, se aplica la taxe foncière (impuesto inmobiliario). Tu estatus CERN no exime de estos impuestos: los pagarás como cualquier residente.
- IVA y aranceles: Todas tus compras en Francia incluyen TVA (IVA). No hay exención (salvo que quizás puedas comprar ciertos artículos en la tienda libre de impuestos del CERN en el lado suizo, algo puntual). Si vas a traer bienes personales a Francia cuando te traslades, tu estatus podría facilitar las cosas en aduanas, pero en general la libre circulación en la UE ya cubre eso para ciudadanos de la UE.
- Cargas sociales: Francia a veces aplica contribuciones sociales (CSG/CRDS) sobre ingresos de inversión o ganancias de capital, incluso a personas exentas de otros impuestos. Sin embargo, como funcionario internacional y ciudadano de la UE no francés, es posible evitar algunas de estas si no estás en el sistema social francés. Es un tema específico: por ejemplo, si tienes intereses de ahorros o ingresos por alquiler en Francia, normalmente los residentes pagan CSG por ellos. Ha habido casos judiciales que eximen a quienes no están en la seguridad social francesa de la CSG sobre ingresos del extranjero. Si te afecta (por ejemplo, percibes intereses en España pero eres residente fiscal en Francia), busca asesoramiento fiscal – es un asunto que excede el alcance de esta guía, pero conviene saber que existe.
Impuesto interno del CERN: Igual que en Suiza, el CERN deducirá un impuesto interno de tu salario antes de pagártelo. Recibirás cada año el certificado de impuesto interno pagado, que usarás en tu declaración francesa. Este certificado esencialmente mantiene tanto a Francia como a España al margen en materia de impuestos sobre esos ingresos.
Laura, una investigadora española, es contratada como fellow del CERN destinada en Prévessin (Francia). Vive en la cercana localidad de St-Genis-Pouilly.
Regreso a España: Desempleo e implicaciones para la pensión
Ya sea que pases un par de años en el CERN o toda tu carrera, en algún momento puede que regreses a España. Es crucial entender cómo tu tiempo en el CERN será reconocido (o no) por los sistemas españoles:
Prestaciones por desempleo ("el paro"): El tiempo trabajado en el CERN no cuenta para la prestación por desempleo española. Las prestaciones por desempleo en España exigen que hayas cotizado al fondo de desempleo español (parte de la Seguridad Social) mediante trabajo por cuenta ajena en España o en países de la UE (o con convenio bilateral) que transfieran esos derechos. El CERN está fuera de estos mecanismos – no tiene cotizaciones por desempleo y no está cubierto por la coordinación europea de seguridad social. Esto significa:
- Si dejaste un trabajo en España para incorporarte al CERN, en general no tienes derecho a paro cuando cesas en España para ir al CERN (además, porque dejaste el trabajo voluntariamente). Si al terminar tu contrato en el CERN vuelves a España sin empleo, no podrás solicitar prestación por desempleo con base en tu trabajo en el CERN, ya que no se cotizó a España durante ese periodo.
- Si habías acumulado créditos de desempleo antes (por ejemplo, trabajaste varios años en España y luego te fuiste al CERN sin llegar a pedir el paro), ten en cuenta que esos créditos permanecen utilizables durante un tiempo determinado (España utiliza un período de cómputo de 6 años para el desempleo). Tras una estancia prolongada en el extranjero, es posible que algunas de esas cotizaciones queden fuera del período computable y, en efecto, expiren a efectos de la prestación. Ejemplo: Juan tenía 3 años de cotizaciones en España, pero no necesitó la prestación por desempleo y se fue al CERN durante 5 años. Cuando regresa, esas cotizaciones tienen ya entre 5 y 8 años de antigüedad. Para poder cobrar el paro, necesita al menos 360 días cotizados en los últimos 6 años. Sus cotizaciones antiguas están al filo de esos 6 años; si no encuentra un trabajo en España de inmediato, esas cotizaciones sobrepasarán los 6 años y no calificará para el paro hasta que vuelva a trabajar al menos un año en España.
- Planifica con antelación: Si prevés regresar a España, prepárate para no tener quizá red de seguridad por desempleo. Es sensato ahorrar parte de tu salario del CERN para cubrir el periodo de búsqueda de empleo. Alternativamente, algunos optan por pasar a otro empleo en la UE tras el CERN, en cuyo caso consolidan sus cotizaciones en otro sistema antes de regresar a España. (Dado que ni Francia ni Suiza te habrán generado derecho a desempleo, esto principalmente importa si te incorporas a la seguridad social de otro país antes de volver a España).
No existe ningún acuerdo especial de desempleo para españoles del CERN. Los convenios especiales que ofrece el gobierno español no cubren la prestación por desempleo. Solo volver a cotizar mediante un empleo normal puede restablecer tu protección por desempleo.
Jubilación y pensiones:
Pensión del CERN: Si trabajaste lo suficiente en el CERN para consolidar derechos en el Fondo de Pensiones del CERN (las normas del CERN determinan el periodo; los fellows a veces tienen periodos más cortos que dan lugar a una indemnización por salida en lugar de una pensión, mientras que el personal con más años sí obtiene una pensión), la pensión del CERN es independiente de cualquier sistema público. Si tienes derecho a una pensión del CERN, esta será abonada por el CERN, y España gravará esa pensión normalmente (nota importante: si bien los salarios estaban exentos, los Estados pueden gravar las pensiones de los ex-funcionarios de organismos internacionales – el Protocolo del CERN permite a los Estados gravar las pensiones de antiguos empleados. Por ejemplo, si te jubilas en España y cobras una pensión del CERN, España la tratará como renta y la someterá a IRPF, a menos que la legislación futura cambie). Conserva la documentación de tus cotizaciones y derechos de pensión en el CERN para cuando tengas que gestionar este asunto.
Pensión pública española: Si mantuviste o acumulaste suficientes cotizaciones en España (mínimo 15 años, con al menos 2 años en los 15 anteriores a la jubilación, según las reglas actuales), podrás obtener una pensión pública española. Los años que cotizaste mediante el convenio especial cuentan como si hubieras trabajado en España a efectos de pensión. Si no pagaste el convenio, esos años en el CERN simplemente quedan en blanco en tu historial español. No pueden "comprarse" más tarde (España por lo general no permite cotizaciones retroactivas excepto a través del convenio en su momento o en ciertos casos muy limitados). Por tanto, tu pensión española se calculará sobre los años cotizados que sí tengas. España no te dará ningún crédito por los años del CERN – excepto si cotizaste en el sistema público de otro país en algún momento, lo que aquí no aplica.
Totalización con otros países: Si trabajaste en Francia fuera del CERN (u otro país de la UE) antes o después, esos períodos pueden sumarse a tus años en España bajo las normas de la UE para determinar la elegibilidad y el cálculo prorrogado de pensiones. Pero el tiempo del CERN no puede incluirse en esas totalizaciones ya que no forma parte de ningún sistema nacional.
Uso de los años del convenio en la pensión: Las cotizaciones del convenio especial se tratan igual que cotizaciones al Régimen General para el cálculo de la pensión. Así que si cotizaste por la base mínima, tu futura pensión española reflejará esas bases (probablemente disminuirán un poco tu promedio si tus otras bases fueron más altas, pero asegura que cumplas los mínimos y tengas cobertura continua). Si solo trabajaste en el CERN y nunca cotizaste en España antes, firmar un convenio al menos te haría generar algunos derechos de pensión españoles (aunque si no alcanzas los 15 años en total, no tendrías pensión – en ese caso, tendrías que depender enteramente de la pensión del CERN o pensar en integrarte en otro sistema).
No alcanzar los 15 años: Si no acumulas suficientes años en España y no logras derecho a una pensión española, las cotizaciones que pagaste (o que tus empleadores pagaron por ti) no se devuelven – en cambio, podrían ayudarte a conseguir una pensión en otro país de la UE mediante totalización. Pero como el tiempo del CERN no es totalizable, querrás asegurarte de llegar a los 15 en España o planificar totalizar con otro país. Por ejemplo, si tenías 10 años en España y 5 en, digamos, Alemania (después del CERN), esos se combinarían para llegar a 15, permitiéndote obtener dos pensiones parciales, una de cada país. Los años del CERN quedarían fuera de esa suma, aparte del beneficio separado que otorga el CERN.
Edad de jubilación y casos especiales: Ten en cuenta que el régimen de pensiones del CERN tiene su propia edad de jubilación (a menudo alrededor de los 65 años). El sistema español actualmente la sitúa alrededor de los 66-67 (según el año de nacimiento). Podrías acabar cobrando tu pensión del CERN en un momento distinto al de tu pensión española. No pasa nada – simplemente planifícalo financieramente.
Asistencia sanitaria al jubilarte: Si te jubilas en España con una pensión pública española, recuperas el acceso pleno a la sanidad pública española (para ti y tu familia) como cualquier pensionista. Si solo tienes una pensión del CERN y ninguna española, puede que no tengas automáticamente derecho a la sanidad pública española al volver como residente (porque esto está ligado a ser pensionista de España o a cotizar). No obstante, España tiene disposiciones para que los emigrantes retornados accedan a la sanidad. Por ejemplo, existe la posibilidad de suscribir un convenio especial de asistencia sanitaria o demostrar bajos ingresos para ingresar al sistema público. Esto excede esta guía, pero ten en cuenta la necesidad de planificar la cobertura médica si te jubilas en España con solo una pensión extranjera. (Una estrategia: si cotizaste algunos años en España, quizás al menos llegues a una pensión española muy pequeña o a una pensión no contributiva, lo que te otorgaría cobertura sanitaria.)
En resumen: El tiempo en el CERN es una valiosa experiencia profesional, pero sobre el papel es "invisible" para la Seguridad Social española. Para España, básicamente dejaste de cotizar a menos que mantengas proactivamente un vínculo (el convenio). Así que al volver, céntrate en actualizar tu situación:
- Vuelve a afiliarte a la Seguridad Social en cuanto consigas un empleo, para retomar la cotización y comenzar de nuevo a generar derechos.
- Si firmaste un convenio, puedes optar por cancelarlo una vez que estés trabajando otra vez en España (para evitar doble cotización). Debes notificar a la TGSS la baja del convenio cuando vuelvas a cotizar por nómina.
- En cuanto al desempleo, una vez que trabajes al menos 360 días en España después del CERN, recuperarás el derecho a prestaciones por desempleo en caso de necesitarlas. Hasta entonces, no tendrás derecho a paro.
- Si no encuentras trabajo inmediatamente al volver, verifica si puedes acogerte a algún subsidio para retornados. En ocasiones, España tiene ayudas para emigrantes retornados (p. ej., un subsidio puntual o inclusión en ciertos programas de formación). Ponerte en contacto con el SEPE o con la Consejería de Trabajo de la embajada al regresar podría darte pistas.
Recursos clave y formularios (enlaces)
Para ayudarte a navegar la burocracia, a continuación tienes enlaces a recursos y formularios importantes:
- Seguridad Social española – Convenio Especial (emigrantes): Información oficial sobre los convenios especiales en la página de la Seguridad Social. El Convenio Especial para emigrantes españoles e hijos de emigrantes está regulado por el Real Decreto 996/1986 y la Orden TAS 2865/2003. El Ministerio de Inclusión proporciona un PDF resumen con requisitos y pasos. El formulario TA.0040 es la solicitud para suscribir el convenio (disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social (Import@ss)). Puedes solicitarlo en línea con Import@ss si tienes certificado digital, o a través de la TGSS provincial (por ejemplo, muchos expatriados lo envían por correo a la TGSS de Madrid según las instrucciones). Fuentes: Seguridad Social – Convenios Especiales.
- Guía administrativa del CERN (Fiscalidad en los Estados anfitriones): El CERN ofrece orientación interna para las declaraciones de impuestos tanto en Suiza como en Francia. La guía de Declaración del Impuesto sobre la Renta en Suiza explica por qué los salarios del CERN están exentos y qué, en su caso, hay que hacer en Suiza. La guía de Declaración del Impuesto sobre la Renta en Francia ofrece instrucciones paso a paso para completar los formularios fiscales franceses como miembro del personal del CERN. Estas guías se encuentran en los sitios internos del CERN o se pueden obtener a través de RR.HH. Fuentes: Guía admin. del CERN – Impuestos en Suiza; Impuestos en Francia.
- Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades del CERN (2004): Este tratado internacional sustenta tus exenciones. El artículo 10(b) confirma que los salarios pagados por el CERN están exentos del impuesto sobre la renta nacional (pagándose en su lugar un impuesto interno al CERN). El artículo 11 exime al personal del CERN de cotizaciones a la seguridad social nacional, dado que el CERN tiene su propia cobertura. El instrumento de ratificación español del Protocolo fue publicado en el BOE (BOE-A-2007-15391). Aunque no necesitas leerlo a diario, es la base legal que puedes citar si alguna vez lo requieres ante las autoridades. Fuente: Protocolo de Privilegios – art. 10(b) y art. 11.
- Agencia Tributaria (España): Si necesitas declarar un cambio de residencia, utiliza el Modelo 030 de la Agencia Tributaria. Asimismo, cuando en el futuro cobres una pensión del CERN en España, consulta la guía de la Agencia Tributaria sobre pensiones del extranjero (éstas tributarán en el IRPF). Por ahora, mientras seas no residente o tus ingresos del CERN estén exentos, quizás no tengas mucho trato con la AEAT – pero conviene conocer su portal. Agencia Tributaria – Sede Electrónica para cualquier formulario necesario.
- SEPE (Servicio Público de Empleo) e información para retornados: Si regresas a España sin trabajo, revisa el portal del SEPE por si existen programas para "empleados retornados". Asimismo, el "Portal de Retorno" del Ministerio de Inclusión puede tener información para emigrantes retornados, incluyendo acceso sanitario y apoyos disponibles.
- RR.HH. del CERN y Oficina de Usuarios: No dudes en recurrir a los recursos administrativos del CERN. Las Preguntas Frecuentes de la Oficina de Usuarios sobre Seguro de Salud y Seguridad Social aclaran muchos aspectos prácticos (como la exención del seguro de salud suizo, la necesidad de certificados A1 para quienes son visitantes de institutos de la UE, etc.). Aunque parte de esa información está dirigida a "usuarios" (científicos que visitan el CERN mientras están empleados en otra entidad), sigue siendo útil. El departamento de RR.HH. del CERN puede ayudarte a obtener cualquier certificación que necesites para las autoridades españolas (justificante de empleo, etc.).
Conclusión: Manejar la seguridad social y los impuestos como español en el CERN puede parecer abrumador, pero con la guía anterior puedes hacerlo paso a paso. Regístrate ante España, decide si mantener tus cotizaciones y recuerda tu estatus especial exento de impuestos. Tanto si terminas en Ginebra como en Francia, la clave es asegurar tus derechos a largo plazo (pensión, asistencia sanitaria) mientras aprovechas los privilegios fiscales que conlleva trabajar en el CERN. Conserva copias de todo (contratos, certificados, formularios enviados) y cuando tengas dudas, pide consejo a la administración del CERN o a las autoridades españolas. Si actúas de manera proactiva, te asegurarás de que tu tiempo "trabajando al servicio de la ciencia" no perjudique inadvertidamente tus futuros beneficios sociales en España. ¡Buen viaje y mucho éxito en tu nuevo puesto en el CERN!