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Modelo 720: Declaración de Bienes en el Extranjero

⚠️ Aviso

Esta página tiene únicamente fines informativos generales. No constituye asesoramiento legal, financiero ni fiscal. Consulta siempre con un asesor cualificado para tu situación concreta.

Qué es el Modelo 720?

El Modelo 720 es una declaración informativa (no un pago de impuestos) que los residentes fiscales en España deben presentar para informar sobre bienes situados en el extranjero. Fue introducido por la Ley 7/2012 y desarrollado por el Real Decreto 1558/2012.

La declaración se aplica cuando el valor total de los bienes en cualquiera de las tres categorías definidas supera los 50.000 euros. Es puramente informativa: presentar el Modelo 720 no implica ningún pago de impuestos por sí mismo, pero no presentarlo puede acarrear sanciones significativas.

Quién debe presentarlo?

Cualquier persona física que sea residente fiscal en España y que posea bienes en el extranjero por encima de los umbrales debe presentar el Modelo 720. Esto incluye a los empleados del CERN que mantengan su residencia fiscal en España.

Se aplican consideraciones específicas del CERN: si vives y trabajas en Ginebra o en el Pays de Gex pero mantienes tu residencia fiscal en España (por ejemplo, porque tu familia permanece en España o tu centro de intereses vitales está allí), estás sujeto a esta obligación.

Los no residentes en España NO necesitan presentar el Modelo 720. Si has trasladado tu residencia fiscal al extranjero, esta declaración no te afecta.

Las tres categorías

El Modelo 720 agrupa los bienes en el extranjero en tres categorías independientes, cada una con su propio umbral de 50.000 euros.

La Categoría 1 comprende las cuentas bancarias: cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos a plazo y cualquier otra cuenta en entidades financieras situadas fuera de España. La Categoría 2 abarca valores, seguros y rentas, incluyendo acciones, fondos de inversión, pólizas de seguro de vida y derechos de pensión en el extranjero. Para los empleados del CERN, el Fondo de Pensiones del CERN entra en esta categoría. La Categoría 3 cubre los bienes inmuebles: cualquier propiedad (terrenos, edificios, apartamentos) situada fuera de España, incluyendo propiedades en Francia o Suiza.

Cada categoría se evalúa de forma independiente. Solo debes declarar las categorías en las que tus activos totales superen los 50.000 euros. Por ejemplo, si tienes 60.000 euros en cuentas bancarias suizas pero solo 30.000 euros en propiedades en Francia, solo declararías la Categoría 1.

Plazos de presentación y reglas de nueva presentación

La declaración inicial del Modelo 720 debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel en el que se superó por primera vez el umbral de 50.000 euros en cualquier categoría.

En años sucesivos, solo es necesario volver a presentar una categoría si el valor total de los bienes en esa categoría ha aumentado en más de 20.000 euros respecto a la última declaración presentada para esa categoría.

Consideraciones específicas del CERN

Los empleados del CERN que son residentes fiscales en España suelen tener varios tipos de bienes en el extranjero que pueden necesitar ser declarados.

Si tienes cuentas en bancos suizos o franceses (p. ej. UBS, Credit Suisse, BNP Paribas) con saldos combinados superiores a 50.000 euros, estas cuentas bancarias deben declararse en la Categoría 1. Tus derechos acumulados en el Fondo de Pensiones del CERN se consideran generalmente incluidos en la Categoría 2 (valores, seguros y rentas), y cuando el valor acumulado supere los 50.000 euros, debes declararlo. Por último, si posees un apartamento o una casa en Francia o Suiza, este inmueble en el extranjero debe declararse en la Categoría 3 cuando su valor de adquisición supere los 50.000 euros.

Sentencia del TJUE de 2022

En enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Asunto C-788/19) dictaminó que el régimen sancionador asociado al Modelo 720 era desproporcionado y contrario al derecho de la UE. El tribunal consideró que las multas y la presunción de ganancias patrimoniales injustificadas eran excesivas.

Tras la sentencia, España reformó el sistema sancionador mediante la Ley 5/2022. Se eliminaron las sanciones desproporcionadas y el régimen se alineó con las infracciones tributarias estándar. Sin embargo, la obligación de declarar los bienes en el extranjero a través del Modelo 720 sigue plenamente vigente.

Modelo 721: Criptoactivos

Desde 2024, los residentes fiscales en España también deben presentar el Modelo 721 para declarar criptomonedas en exchanges extranjeros. Este nuevo formulario sigue la misma lógica que el Modelo 720, con un umbral independiente de 50.000 euros para criptoactivos en plataformas situadas fuera de España.

Guía paso a paso para la presentación

  1. Accede a la sede electrónica de la Agencia Tributaria en sede.agenciatributaria.gob.es.
  2. Identifícate mediante certificado digital, DNIe o Cl@ve PIN.
  3. Navega hasta el formulario del Modelo 720 y rellena las categorías correspondientes con los datos de tus bienes en el extranjero, incluyendo números de cuenta, códigos ISIN, referencias catastrales y saldos a 31 de diciembre.
  4. Revisa la declaración cuidadosamente y preséntala electrónicamente. Guarda o imprime el justificante de presentación.

Fuentes y documentación

Revisión y mantenimiento

Mantenido por Efrén Rodríguez Rodríguez. Revisión trimestral de contenido y enlaces oficiales.

  • Verificar plazos legales y enlaces oficiales
  • Revisar horarios de transporte y nombres de paradas
  • Revalidar umbrales y tipos fiscales
  • Confirmar URLs de servicios y portales CERN